FUNCIONES DE LOS PERITOS MÉDICOS LEGISTAS:
1. Representa la
primera fuerza de Trabajo dentro del SEMEFO.
2. Tendrá las
siguientes funciones:
Elaboración de práctica de autopsias, exámenes y documentos
Médico legales. Todos deberán de estar respaldados por una solicitud u Oficio
previos con sus numéricos y firma correspondientes.
a.
--Practica de Necropsia Médico Legal.
Requisitos necesarios:
Oficio girado por Autoridad
correspondiente. En el entendido de que si los Oficios no han sido enviados por
la dicha autoridad no deberá practicarse la necropsia recordándose que tienen
24 hrs posteriores a la práctica de la misma para entregar dicho documento.
Averiguación previa del caso.
La elaboración del Reconocimiento y
Dictamen de Necropsia. Ordenamientos previsto en
el Artículo 177 y 235 del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado de B.C.
Se utilizará el formato
preestablecido.
Aún no hay Normatización de éste
Documento Médico Legal.
Solo recordando los objetivos que
deberá de tener la práctica de la Necropsia son:
- – Precisar el tipo, mecanismo y causa de la Muerte.
- –Establecer razones con causales
preexistentes, simultaneas y sobrevinientes.
- –Contribuir al intervalo post-mortem.
- –Aportar datos complementarios o circunstanciales.
- –Contribuir a la identidad de un cadáver no identificado.
- –Realizar investigaciones retrospectivas.
- –Apoyar a la estadística Epidemiológica y de Mortalidad
particularmente de causa violenta.
- . –Coadyuvar en las medidas de prevención de muertes violentas ya
sea de índole accidental, homicida o suicida.
PRIMER TIEMPO:
Comprobación de la muerte.
Datos Generales o Media filiación.
Señas Particulares.
Lesiones al exterior.
SEGUNDO TIEMPO.
Apertura de cavidades corporales:
Craneana, Cuello (Cervical), Tórax,
Abdomen, Pélvica y Vertebral.

TERCER TIEMPO:
Toma de muestreos de sangre, orina,
Humor vítreo, Líquido Cefalorraquídeo de contenido gástrico e intestinal para
estudio Toxicológico.
Toma de Muestras de Tejido para
estudios Histopatológicos.
Toma de Imágenes Radiológicas
particularmente en los casos de balística de efectos.
Todos estos exámenes son a criterio
del Perito Medico o por ordenamiento de la Autoridad correspondiente.

CUARTO TIEMPO:
Determinación
de la causa de la Muerte.

QUINTO
TIEMPO:
Sutura del cadáver por el Auxiliar
Técnico de Necropsias y tanatoconservación entrega del cadáver.
Dictamen o protocolo de Necropsia.
Firma de 2 Peritos Médicos
Legistas Oficiales los cuales deberán de estar presentes en todos los casos que
tengan relación con su función dentro del Servicio. En las situaciones en
el que el Perito este Incapacitado o de
vacaciones podrá ser cubierto por un Perito Médico legista Interino, en éstos
casos es recomendable la presencia en las firmas de por lo menos 1 firma de
Perito Medico con nombramiento Oficial.
Recomendando que en aquellos casos
de occisos con heridas múltiples por proyectiles de arma de fuego se tome previa a la
necropsia, un barrido de Rx. Con los
cuidados correspondientes y sin olvidar ponerse el delantal de plomo; con el objetivo de localizar el proyectil o
proyectiles y como prueba testimonial objetiva.
b. -Llenado del Certificado de
Defunción en forma correcta y completa y firma del Perito que dirigió la
Necropsia. La elaboración del Certificado de Defunción esta previsto contemplado en Ley General de
Salud Art. 347 de acuerdo a la decreto Presidencial aprobado el 21 de
Noviembre de 1986.
Practicar la AUTOPSIA
PSICOLÓGICA con el fin de fortalecer
los hallazgos encontrados en la Necrocirugía e informar al doliente sobre lo
encontrado sí este lo planteare.
Detallar en
forma minuciosa los hallazgos encontrados en la Autopsia y
2.-Elaboración de Otros Documentos
Médico Legales mediante
Oficio como lo son:
A). -
Dictamen de Sanidad o Definitivo de
Lesiones también llamado de Consecuencias. Para la práctica de éste examen que siempre hasta la
actualidad se elabora por los Peritos Médicos. Legistas Oficiales del Poder Judicial se requiere copia del
Certificado de Esencia previamente expedido así como el Oficio girado por la
Autoridad correspondiente.
Metodología:
·
Interrogatorio.
·
Exploración Física.
a. -Correlación anatomotopografica
de las lesiones y su
correcta
clasificación.
b. –Consecuencias de existir éstas.
c. –Valoración del daño Corporal sólo si es solicitado.
·
Dos firmas de Peritos Médicos Legistas.
B). -Certificado de Esencia o
provisional de Lesiones regularmente
quienes lo expiden son Servicios Médico
Municipales o Peritos Médicos de la PGJE. Es un Documento Médico Legal que
sirve para determinar tipo, localización anatómica y clasificación de las
Lesiones en: mas o menos de 15 días en sanar, si o no requieren Hospitalización
si o no ponen en peligro la vida y si
dejarán consecuencias éstas Lesiones que
sufre una persona que ha sido agredida.
Atendiendo a lo relativo a los Artículos 137 al 145 del Código Penal del Estado de BC.
Siguiendo la siguiente:
METODOLOGIA.
A.-INTERROGATORIO:
B.-EXPLORACION FISICA:
C.- EXAMENES DE LABORATORIO:
Clasificación de las lesiones
encontradas.
Firma:( 2 Médicos de preferencia).
b).- Dictamen de Edad.
Documento Médico que sirve para
determinar la Edad Clínica que guarda
una persona teniendo éste como función establecer si es mayor o menor de edad. La cual
actualmente es de 18 años.
METODOLOGIA:
Interrogatorio.
Antecedentes Personales.
Motivo de su consulta,
Antecedentes Familiares.
Antecedentes
Penitenciarios.
Exploración Física.
Signos Vitales.
Exámenes de laboratorio
Otros Documentos a elaborar son:
C).-Dictamen
Psicofisiologico o de Ininputabilidad.
Fundamentado en el Código de
Procedimientos Penales vigente para el estado de Baja California Art. 358 que
valora el formato y las condiciones que debe de contener éste Documento Médico
Legal.
D).-Dictamen
Ginecológico-Obstétrico Tendrá dentro de su contenido:
Interrogatorio Exploración física y exámenes
de Laboratorio de ser necesario. El formato consta de los Siguientes tiempos
mínimos.:
Autoridad que lo solicita con sus
numéricos correspondientes. Nombre de la
victima.
Edad clínica esta es mayor de____ o
menor de____años:
·
Sí / No- Presencia o ausencia de
manifestaciones sexuales secundarias.
·
Sí / No-Hay desfloramiento si existe si
éste es reciente o no, si hay
·
Desfloramiento anotando la ubicación
reciente o no reciente de dicho
desfloramiento.
·
Sí / No- hay Embarazo.
·
Sí / No- Presencia de enfermedad de
trasmisión sexual. Si existen cuales son las características de los fluidos. De
ser necesarios solicitar exámenes de laboratorio por lo menos solicitar cultivo
del mismo.
·
Sí /no Huellas de violencia externa. De
existir mencionar cuales son éstas, su
localización anatomotopografica y su clasificación legal.
·
Estado Mental de la victima.
Nombre y firma de 2 peritos Médicos.
Legistas.
Es necesaria la presencia de una auxiliar
al momento de la exploración física.
E).-Dictamen
de Integridad Física.
Basado en un Interrogatorio, exploración
física y de ser necesarios exámenes de
laboratorio y gabinete. Estableciendo de existir lesiones su
localización anatomotopografica así como su clasificación legal
Elaboración de la Necropsia Psicológica
cuando sea necesaria es decir cuando al interrogar a los deudos cercanos nos
permitan conocer los antecedentes del occiso.
Participar como 3ros. en discordia cuando
las autoridades lo soliciten de acuerdo a lo tipificado en el Código de Procedimientos Penales. Aclarando
que la función de éste no es elaborar un Documento diferente al analizado, sino
establecer de ambos, el que este apegado de acuerdo a su fundamentación a la realidad Médico Legal.
Los peritos Médicos podrán solicitar exámenes Médico Legales de tipo Radiológico
Toxicológico o Histopatológico de acuerdo a su criterio o a solicitud de
Autoridad Correspondiente.
Solo se les recuerda que dentro del
servicio deberá de traer puesto su
bata, con el gafete de identificación visible, en el anfiteatro usar la indumentaria que se ha otorgado para
ese fin por el Consejo de la Judicatura.
Es recomendable que todos los Documentos
Médico legales que se elaboran en éste Servicio lleven por lo menos dos firmas
de Peritos Médicos, con excepción de aquellos que se elaboran a solicitud
directa de la autoridad correspondiente.
Se recuerda que contamos con Peritos
Químicos y en caso de que se requiera de algún examen de ésta naturaleza deberá
llenar los formatos que para esto existen, no se omito informar que se solicitan de acuerdo al criterio del
Perito, las necesidades del Servicio y de cada caso recordando que
particularmente se determinan drogas de abuso y de uso terapéutico cuando
guardan relación con la causa de la Muerte. Así también cuando por la
naturaleza de algún Documento Médico Legal esto se requiera. Se sugiere que el
propio Médico aprovechando el tiempo necroquirurgico haga un muestreo que para el caso, requiera, apoyado por el Auxiliar Técnico de
Necropsia.
Perito Histopatología. En aquellos casos
en que se requieran estudios de Tejidos para sustentar la causa de la Muerte la
función del Histopatologo es en apoyo a los Peritos Médicos Legistas recordando
que actualmente contamos con uno y se encuentra en el Municipio de Mexicali, por
lo que la Coordinación enviará las muestras por vía mensajeria o en forma
directa de acuerdo a las necesidades y
la naturaleza de la Muerte,
haciendo hincapié de que debe de manejarse el criterio Profesional y no
enviar muestras cuando la causa o causas sean evidentes y el resultado del
examen histopatológico no aporte en el diagnostico concausal de la Muerte.