martes, 26 de febrero de 2013


FUNCIONES  DE LOS PERITOS MÉDICOS LEGISTAS:

1.      Representa la primera fuerza de Trabajo dentro del SEMEFO.
2.      Tendrá las siguientes  funciones:
Elaboración de  práctica de autopsias, exámenes y documentos Médico legales. Todos deberán de estar respaldados por una solicitud u Oficio previos con sus numéricos y firma correspondientes.
a. --Practica  de Necropsia Médico Legal.
Requisitos necesarios:
Oficio girado por Autoridad correspondiente. En el entendido de que si los Oficios no han sido enviados por la dicha autoridad no deberá practicarse la necropsia recordándose que tienen 24 hrs posteriores a la práctica de la misma para entregar dicho documento.
Averiguación previa del caso.
La elaboración del Reconocimiento y Dictamen de Necropsia. Ordenamientos previsto en el Artículo 177 y 235 del Código de Procedimientos Penales  vigente en el Estado de B.C.
Se utilizará el formato preestablecido.
Aún no hay Normatización de éste Documento Médico Legal.
Solo recordando los objetivos que deberá de tener la práctica de la Necropsia son:
    1. – Precisar el tipo, mecanismo y causa de la Muerte.
    2. –Establecer razones con causales  preexistentes, simultaneas y sobrevinientes.
    3. –Contribuir al intervalo post-mortem.
    4. –Aportar datos complementarios o circunstanciales.
    5. –Contribuir a la identidad de un cadáver no identificado.
    6. –Realizar investigaciones retrospectivas.
    7. –Apoyar a la estadística Epidemiológica y de Mortalidad particularmente de causa violenta.
    8. . –Coadyuvar en las medidas de prevención de muertes violentas ya sea de índole accidental, homicida o suicida.


PRIMER TIEMPO:
Comprobación de la muerte.
Datos Generales o Media filiación.
Señas Particulares.
Lesiones al exterior.
SEGUNDO TIEMPO.
Apertura de cavidades corporales:
Craneana, Cuello (Cervical),  Tórax,  Abdomen, Pélvica y Vertebral.
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TERCER TIEMPO:
Toma de muestreos de sangre, orina, Humor vítreo, Líquido Cefalorraquídeo de contenido gástrico e intestinal para estudio Toxicológico.
Toma de Muestras de Tejido para estudios Histopatológicos.
Toma de Imágenes Radiológicas particularmente en los casos de balística de efectos.
Todos estos exámenes son a criterio del Perito Medico o por ordenamiento de la Autoridad correspondiente.
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CUARTO TIEMPO:
Determinación de la causa de la Muerte.
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QUINTO TIEMPO:
Sutura del cadáver por el Auxiliar Técnico de Necropsias y tanatoconservación entrega del cadáver.
Dictamen o protocolo  de Necropsia.
Firma de 2 Peritos Médicos Legistas Oficiales los cuales deberán de estar presentes en todos los casos que tengan relación con su función dentro del Servicio. En las situaciones en el  que el Perito este Incapacitado o de vacaciones podrá ser cubierto por un Perito Médico legista Interino, en éstos casos es recomendable la presencia en las firmas de por lo menos 1 firma de Perito Medico  con nombramiento Oficial.
Recomendando que en aquellos casos de occisos con heridas múltiples por proyectiles  de arma de fuego se tome previa a la necropsia, un barrido  de Rx. Con los cuidados correspondientes y sin olvidar ponerse el delantal de plomo;  con el objetivo de localizar el proyectil o proyectiles y como prueba testimonial objetiva.

b. -Llenado del Certificado de Defunción en forma correcta y completa y firma del Perito que dirigió la Necropsia. La elaboración del Certificado de Defunción  esta previsto contemplado en Ley General de Salud  Art. 347 de acuerdo a la  decreto Presidencial aprobado el 21 de Noviembre  de 1986.

Practicar la AUTOPSIA PSICOLÓGICA  con el fin de fortalecer los hallazgos encontrados en la Necrocirugía e informar al doliente sobre lo encontrado sí este lo planteare.

           Detallar en forma minuciosa los hallazgos encontrados en la Autopsia y

         2.-Elaboración de Otros Documentos Médico Legales mediante
     Oficio como lo son:
A). - Dictamen  de Sanidad o Definitivo de Lesiones también llamado de Consecuencias. Para la práctica  de éste examen que siempre hasta la actualidad se elabora por los Peritos Médicos. Legistas Oficiales  del Poder Judicial se requiere copia del Certificado de Esencia previamente expedido así como el Oficio girado por la Autoridad correspondiente.
Metodología:
·         Interrogatorio.
·         Exploración Física.
a. -Correlación anatomotopografica de las lesiones y su
      correcta  clasificación.
    b. –Consecuencias de existir éstas.
    c. –Valoración del daño Corporal sólo si es solicitado.
·         Dos firmas de Peritos Médicos Legistas.

  B). -Certificado de Esencia o provisional de Lesiones  regularmente quienes lo   expiden son Servicios Médico Municipales o Peritos Médicos de la PGJE. Es un Documento Médico Legal que sirve para determinar tipo, localización anatómica y clasificación de las Lesiones en: mas o menos de 15 días en sanar, si o no requieren Hospitalización si o no ponen en peligro la vida  y si dejarán consecuencias  éstas Lesiones que sufre una persona que  ha sido agredida. Atendiendo a lo relativo a los Artículos 137 al 145  del Código Penal del Estado de BC.
Siguiendo la siguiente: METODOLOGIA.
A.-INTERROGATORIO:
B.-EXPLORACION FISICA:
C.- EXAMENES DE LABORATORIO:
Clasificación de las lesiones encontradas.
Firma:( 2 Médicos de preferencia).

b).- Dictamen de Edad.

Documento Médico que sirve para determinar  la Edad Clínica que guarda una persona teniendo éste como función establecer  si es mayor o menor de edad. La cual actualmente es de 18 años.

METODOLOGIA:
Interrogatorio.
Antecedentes Personales.
Motivo de su consulta,
Antecedentes Familiares.
Antecedentes Penitenciarios.
Exploración Física.
Signos Vitales.

Exámenes de laboratorio






Otros Documentos a elaborar son:
            C).-Dictamen Psicofisiologico o de Ininputabilidad.
Fundamentado en el Código de Procedimientos Penales vigente para el estado de Baja California Art. 358 que valora el formato y las condiciones que debe de contener éste Documento Médico Legal.
            D).-Dictamen Ginecológico-Obstétrico Tendrá dentro de su contenido:
Interrogatorio Exploración física y exámenes de Laboratorio de ser necesario. El formato consta de los Siguientes tiempos mínimos.:
Autoridad que lo solicita con sus numéricos correspondientes. Nombre de la  victima.
Edad clínica esta es mayor de____ o menor de____años:
·         Sí / No- Presencia o ausencia de manifestaciones sexuales secundarias.
·         Sí / No-Hay desfloramiento si existe si éste es reciente o no, si hay
·         Desfloramiento anotando la ubicación reciente o no reciente de dicho  desfloramiento.
·         Sí / No- hay Embarazo.
·         Sí / No- Presencia de enfermedad de trasmisión sexual. Si existen cuales son las características de los fluidos. De ser necesarios solicitar exámenes de laboratorio por lo menos solicitar cultivo del mismo.
·         Sí /no Huellas de violencia externa. De existir mencionar cuales son éstas, su  localización anatomotopografica y su clasificación legal.
·         Estado Mental de la victima.
Nombre y firma de 2 peritos Médicos. Legistas.
Es necesaria la presencia de una auxiliar al momento de la exploración física.
            E).-Dictamen de Integridad Física.

Basado en un Interrogatorio, exploración física y de ser necesarios exámenes de  laboratorio y gabinete. Estableciendo de existir lesiones su localización anatomotopografica así como su clasificación legal
           
Elaboración de la Necropsia Psicológica cuando sea necesaria es decir cuando al interrogar a los deudos cercanos nos permitan conocer los antecedentes del occiso.

Participar como 3ros. en discordia cuando las autoridades lo soliciten de acuerdo a lo tipificado en el  Código de Procedimientos Penales. Aclarando que la función de éste no es elaborar un Documento diferente al analizado, sino establecer de ambos, el que este apegado de acuerdo a su fundamentación  a la realidad Médico Legal.

Los peritos Médicos podrán solicitar  exámenes Médico Legales de tipo Radiológico Toxicológico o Histopatológico de acuerdo a su criterio o a solicitud de Autoridad  Correspondiente.
Solo se les recuerda que dentro del servicio deberá de traer puesto su   bata, con el gafete de identificación visible, en el anfiteatro  usar la indumentaria que se ha otorgado para ese fin por el Consejo de la Judicatura.
Es recomendable que todos los Documentos Médico legales que se elaboran en éste Servicio lleven por lo menos dos firmas de Peritos Médicos, con excepción de aquellos que se elaboran a solicitud directa de la autoridad correspondiente.
Se recuerda que contamos con Peritos Químicos y en caso de que se requiera de algún examen de ésta naturaleza deberá llenar los formatos que para esto existen, no se omito informar  que se solicitan de acuerdo al criterio del Perito, las necesidades del Servicio y de cada caso recordando que particularmente se determinan drogas de abuso y de uso terapéutico cuando guardan relación con la causa de la Muerte. Así también cuando por la naturaleza de algún Documento Médico Legal esto se requiera. Se sugiere que el propio Médico aprovechando el tiempo necroquirurgico  haga un muestreo que para el caso,  requiera, apoyado por el Auxiliar Técnico de Necropsia.
Perito Histopatología. En aquellos casos en que se requieran estudios de Tejidos para sustentar la causa de la Muerte la función del Histopatologo es en apoyo a los Peritos Médicos Legistas recordando que actualmente contamos con uno y se encuentra en el Municipio de Mexicali, por lo que la Coordinación enviará las muestras por vía mensajeria o en forma directa de acuerdo a las necesidades y  la naturaleza de la Muerte,  haciendo hincapié de que debe de manejarse el criterio Profesional y no enviar muestras cuando la causa o causas sean evidentes y el resultado del examen histopatológico no aporte en el diagnostico  concausal de la Muerte.


FUNCIONES DEL MEDICO FORENSE (parteI)
balistica

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           Divisiones
La Medicina Legal es una ciencia muy amplia, por lo que se proponen diferentes divisiones que dependerán del criterio que se adopte:
§  Medicina Social Legal o Medicina Laboral Legal: atiende a la legislación social o laboral para establecer los derechos de un trabajador en caso de enfermedades o accidentes profesionales, la maternidad, etc.
§  Estomatología Legal: cuestiones médico legales relacionadas con la boca, sus enfermedades y traumatismos.
§  Jurisprudencia Médica o Ética Médica: relación del médico con la sociedad. Regula el ejercicio de la Medicina.
Subdivisiones
De las divisiones propuestas la más general e importante es la que se fundamenta en la naturaleza de las leyes que le dan base jurídica. Cuando las leyes establecen la intervención de los jueces o tribunales (ya sea en lo criminal o en lo civil), las cuestiones médico legales estarán englobadas en lo que se denomina “Medicina Legal Judicial o Medicina Forense”. Esta se subdivide en:
§  Medicina Legal General: estudia los delincuentes o criminales (autores) y los delitos o crímenes (actos determinantes de las víctimas).
§  Medicina Legal Tanatológica: estudia la muerte y el cadáver cuando se relaciona con un delito o precisan la investigación judicial.
Estudio de un cadáver
§  Medicina Legal Traumatológica: traumatismos, golpes o contusiones, heridas, etc., que envuelven responsabilidad penal y se les denomina genéricamente “lesiones”. Estos asuntos en ocasiones se relacionan con la Tanatología, ya que la muerte puede ser provocada por una lesión. Aquí también se incluyen las muertes ocasionadas por asfixias, las que justifican una cuarta lesión bajo el nombre de Asfixiología.
§  Medicina Legal Sexual: anormalidades sexuales y conducta antisocial a que da lugar la actividad sexual: también los fenómenos de la fecundación: embarazo, parto y aborto.
§  Medicina Legal Toxicológica: relación de los tóxicos o venenos con los crímenes, suicidios y accidentes y las plagas sociales de la toxicomanía.
§  Medicina Legal Psiquiátrica: trastornos mentales en relación con los delitos, principalmente cuando estos trastornos tienen carácter de enfermedad psiquátrica.
§  Medicina Legal Criminalística: identidad personal absoluta, identificación de manchas, estudio de indicios, etc.

jueves, 21 de febrero de 2013



ANTECEDENTES HISTORICOS Y PRECURSORES DE LA MEDICINA FORENSE:
Laccasagne divide la historia en 3 periodos:  O. Ficticio, Los Jurisconsultos Romanos y  O. Positivo.

O. Ficticio
Este comprende las épocas primitivas  hasta el imperio romano (Ley del Talion) la  pena era igual al daño causado (ojo por  ojo y diente por diente) el hombre  homicida era entregado a los familiares del  muerto, las adulteras eran apredradas  hasta morir.
Las Obras de los Jurisconsultos Romanos (Derecho Romano):
Comprende una legislación regular iniciada por Justiniano (482 - 565) este hombre celebre por las campañas contra vándalos pero más celebre por el ordenamiento de todos los elementos del derecho romano y que por encargo suyo realizaron un grupo de juristas encabezados por Triboniano. Posteriormente la legislación Carolina en el reinado de Carlos V (1532) que establece la intervención medica obligatoria. Le sigue Ambrosio Pare (1575) que es considerado el fundador de la medicina legal pues en ese tiempo escribió la primera obra sobre la materia.
O. Positivo
Este es ya el moderno y comienza en el  siglo XVIII y se ha ido perfeccionando con  los elementos modernos de la medicina y  las ciencias jurídicas especialmente con el  derecho penal, como materia obligatoria  de estudio en las facultades de Medicina y  Derecho.
Antecedentes Históricos de la Medicina Legal En la Etapa Bárbara
Grecia, Roma, Francia, España, India, Irlanda.
En estos países de los tiempos bárbaros se caracterizo, por las marcas infamantes o estrigmatizantes, que eran la manera de identificación de los sujetos activos que atentaban contra la sociedad.
De las cuales algunas marcas se tienen conocimiento como lo era la marca de la forma en Flor de Lis en la frente de los esclavos que se fugaban, la V a los delincuentes mas comunes, la W a los reincidentes y GAL a los presos en galeras. Estos eran los sistemas de identificación y se trataba de tener un control de identificación en las personas y delicuentes.
En la Etapa Precursora de las Ciencias
En esta se comienza a dar un valor a la dignidad del hombre, y empiezan las inquietudes de la realización de autopsias y la inquietud por la ciencia, aquí se inicia la idea de investigar los delitos y apresar a los delincuentes “investigar antes de castigar”, se inicia la humanización de penas
CODIGO DE HAMMURABI.
En Mesopotamia. La medicina legal se inicia con el Código de Hammurabi, rey de Babilonia, que data del año 2200 A.C. En él, se encuentra jurisprudencia medica, que incluye los deberes y derechos del medico, su responsabilidad civil y criminal, y los castigos que debe someterse en caso de negligencia. Estos podrían consistir en compensaciones monetarias a cargo del medico que había errado o diversos castigos como hasta cortarle las manos.
MEDICINA LEGAL
EGIPTO.
El primer medico legal fue Imhotep (3000 A.C.) la mas alta autoridad judicial del rey Zoser, en esta época se castigaban los errores profesionales severamente.
Técnicas de conservación de cadáveres (Embalsamamientos) – interés tanatologico.
ISRAEL.
En el reinado de Salomón, en Juda (961 – 922 A.C.) se presenta un caso medico legal en que dos mujeres se pelean por la potestad de un niño, Salomón decide a quien darle al niño.
Descripción de las costumbres y obligaciones relacionadas con la actividad sexual, asi como las causas de nulidad del matrimonio y divorcio.
CHINA.
En el año 650 ya se tenia una manera de hacer una identificación de los pulpejos dactilares en pinturas rupestres de porcelana.
Compilación del Hsi – yuan – lu (“Reparación de las injusticias del Siglo XIII. Escrito por un juez chino clasificaba las lesiones de acuerdo con el instrumento que las causaba y su gravedad.
INDIA.
Valoración de lesiones y asignación de castigos para quien las provocan. Penas por adulterio (amputaciones).
La Ley de las Doce Tablas
El mas antiguo código de Derecho Romano (451 – 450 A.C.) incluye normas acerca de la duración del embarazo y de la responsabilidad del enfermo mental.
Galeno 
Establece la Docimacia, prueba a la cual se somete un órgano para saber si ha funcionado o en que estado de función estaba antes de la muerte.
El código de Justiniano 
(529 – 564 D.C.) en Roma, regulaba la practica de la medicina, cirugía y obstetricia, se imponían penas por mala practica.
OPERACIÓN CESAREA.
El primer ordenamiento medico legal de interés data de tiempos de Numa Pompilio (600 años A.C.), por el cual todas las mujeres que murieran en las postrimerías del embarazo deberían ser operadas para tratar de salvar la vida de su hijo.
Numa Pompilio en los tiempos antiguos ordenaba a los médicos a hacer exámenes a quienes morían implicando con esto una pericia.
HIPOCRATES (460 A 355 A.C.)
Estudio las heridas y las clasifico dé  acuerdo con su letalidad. A el se debe el  juramento que, con modificaciones para  adecuarlo a las costumbres mexicanas, aun  se recita en exámenes profesionales.
LEX CORNELLIA DE SULLA (138 A 78  A.C.)
Esta ley ordenaba que la prostitucion  debería supervisarse y el embarazo  diagnosticarse por cinco comadronas;  además advertía que dar afrodisíacos e  inducir un aborto estaba severamente  castigado, y él medico que causaba la  muerte a su paciente era exiliado o  ejecutado.
JULIO CESAR
Cuando Julio Cesar (100 a 44 A.C.) fue  asesinado, su cuerpo se expuso en el foro.  Ahí él medico Antistius lo examino y  encontró que de las 23 puñaladas que  había recibido, solo una era mortal.
EDAD MEDIA. LAS CAPITULARES 
Carlomagno (742 a 814) trata de restaurar el Imperio Romano, para lo cual quiso uniformar las leyes en su vasto imperio. Sus obispos escribieron las capitulares, en las que se destaca la necesidad de que los jueces busquen la opinión autorizada de los médicos, sobre todo en casos de heridas, traumatismos, infanticidio, suicidio, estupro y bestialidad y, en el divorcio, él diagnostico de impotencia. Aunque puede decirse que las capitulares fueron el inicio de la medicina legal. 
En 1209 el Papa Inocencio III expidió decreto que exigía a los médicos visitar a los heridos previa orden judicial para procurar indemnizaciones.
Siglo XV se comienzan a hacer peritajes medico legales en caso de aborto, homicidio, infanticidio
En 1537 Carlos V promulga el Código Carolino  donde establece la obligación del medico de auxiliar a los jueces.
Ambrosio Pare (Padre de la medicina legal en Francia) en 1575, escribió un libro de muertes por heridas, abortos, infanticidio, muerte por descargas atmosféricas, ahorcamiento, ahogamiento y envenenamiento por monóxido de carbono y corrosivos, así como la perdida de miembros y la impotencia.
En 1603 Enrique IV organizador de o que hoy podríamos llamar Servicio Medico Legal.
Los trabajos más importantes referentes a medicina legal se deben a Palus Zacchias, (Italia) quien escribió las Quaestiones medicolegales y fue él medico principal de Papa Inocente X y de Alejandro VII, además de un experto en la Rota Romana (la corte papal de apelaciones.) Su famoso trabajo se publico en 7 libros entre 1621 y 1635, en Roma.
En Italia en 1643 COSPI inicia un tratado de Policía Científica.
Fortunato Fedele escribe De Relationibus medicorum
Malpighi, abuelo de la dactiloscopia
Lombroso, estudio de criminales mencionando que tenían padecimientos mentales.
Laccasagne, estudio la importancia del lugar de los hechos.
En los siglos XVI y XVII la medicina legal toma más seriedad en la administración de la justicia aun sustentada en bases empíricas. Fue necesario que, Devergie, Smith, Vivero, Mata, etc.; le dieran base científica. Los trabajos de Purkinje, Galton Y Vucetich sobre dactiloscopia, los Devergie sobre investigaciones osteológicas, los de Mayer sobre manchas de sangre entre otras nos dan muestra del gran avance científico.
Etapa Científica
Primera cátedra de la medicina legal en la Universidad de Viena en 1804 por Vietz.
En Francia, vidoc crea la surete, en 1823 Purkinje funda un estudio sobre la disologia del órgano cutáneo.
En 1829 se crea un agrupamiento de investigación
En 1833 hace el primer antecedente de la antropometría o fotografía con Bertillon.
En 1842 se funda Scotlan Yard, William Heschel en la india comiezan su estudio en identificación y hacen una manera de impresión dactilar en 1910 se funda el primer laboratorio de criminalistica con Llocard.
Mateo José Buenaventura Orfila Precursor de la toxicología moderna por su Tratado de los Venenos.
Emilio Federico Pablo Bonnet (Argentina), obra mas erudita de medicina legal en español. Escribe además Psicopatología y psiquiatría forense
Nina Rodríguez (Brasil), Apóstol de la antropología criminal en América.
En 1992 se inicio el primer postgrado de medicina legal clínica en la Universidad de Louisville, Kentucky.
TRABAJOS NOTABLES SOBRE ESTUDIOS ESPECIFICOS
Dactiloscopia:
1888: Galton propone identificación dactiloscópica basada en los dibujos de Malpighi (1696). Describe 101 tipos en 1892.
Purkinje Vucetich crea su clasificación en 4 tipos fundamentales: arco, presilla interna, presilla externa y verticilo. Este método de empleado en Argentina y México.
En 1901 Henry desarrolla su sistema de dibujos papilares: arcos, lazos, remolinos y compuestos. Es el mas usado en el mundo.
Precursores de la Medicina Legal a Nivel Universal
Cesar Lombroso
Nació en Verona Italia, el 6 de noviembre de 1835, a los 15 años escribe sus primeras monografías sobre la agricultura de la antigua Roma.
1858 va al Hospital de Santa Eufemia en Pavia y obtiene permiso para practicar
1859 Italia entra en guerra y Lombroso se incorpora como medico.
1863 regresa y se incorpora al hospital de nuevo para dar clases de psiquiatría, en ese mismo año escribe un libro de medicina legal, y lo llama medicina legal para enajenados mentales.
1871 le sucede un importante acontecimiento, no solo para el, sino para la ciencia, y en la humanidad, ya que el al estar observando en cráneo de un delincuente, observo una serie de anomalías, que lo hacen pensar que el criminal lo es por ciertas deformidades craneales y por su similitud con ciertos animales.
Lombroso no busca una teoría lo que quiere es encontrar un criterio diferencial entre un enfermo mental y un delincuente.
1872 publica un libro “memorias de manicomios criminales” y expone sus ideas y la diferencia entre el loco y el delincuente diciendo que el delincuente es un enfermo con malformaciones muy claras.
Que existan manicomios para delincuentes criminales y que la necesidad de que los locos no estén en prisiones sino de que se internen en instituciones especiales.
Precursores de la Medicina Legal a Nivel Universal
Enrico Ferri
Nació en San bernardo, Mantua, el 25 de febrero de 1856 El presenta su tesis donde demuestra que el libre albedrío es una ciencia ficción.
1882 realizo estudios sobre la pena y publica un libro de medicina forense de “socialismo y criminalidad”.
1912 se aprueba la creación de un instituto de criminalistica en la Universidad de Roma y Ferri es llamado a dirigido.
Se caracterizo por que se dedico a lograr que Italia tuviera su código penal de corte positiva y una escuela de medicina legal para personas de bajos recursos, interesados en la criminalistica.
Ya que en aquel entonces la situación política dificulto la aprobación del proyecto, ya que el partido fascista llega al poder y se forma una comisión de la cual formo parte Ferri.
En los últimos años Ferri desarrolla una infatigable labor académica viajo a Sudamérica, y varios países europeos y participo en muchos congresos con Lombroso, su maestro y amigo.
Por desgracia ferri no alcanzo a ver promulgado el nuevo código, ni la escuela que se construyo de medicina legal, pues murió 1930.
Precursores de la Medicina Legal a Nivel Universal
Cesar Garofalo
Nació en Nápoles Italia, 18 de noviembre de 1851, antes de formar parte de la escuela positiva que estableció Enrico Ferri.
Garafalo había publicado unos escritos que serian de importancia para la nueva escuela, donde daba bases de orientación criminalistica necesaria.
1885 sale su obra maestra “Criminología”
Su misión consistía en enhebrar con fríos racionamientos éticos y sociológicos, con ajustada lógica jurídica y un poco medica lo que eran los testimonios científicos de Lombroso y E. Ferri.
Garofalo participo en los congresos mas importantes de la antropología criminal.
MEDICINA LEGAL
 Actualmente, la medicina legal  se halla en la edad de oro por  su organización y meritos  científicos, sobre todo en  Estados Unidos de América.
Padre de la Medicina Laboral:  Bernardino Ramacini  


miércoles, 13 de febrero de 2013

 HISTORIA DEL DERECHO

DIFERENCIAS ENTRE DERECHO Y MORAL
MORAL
DERECHO
La Moral valora la conducta en sí misma, plenariamente, en la significación integral y última que tiene para la vida del sujeto.
El Derecho valora la conducta desde un punto de vista relativo, en cuanto al alcance que tenga para los demás.
El campo de imperio de la Moral es el de la conciencia, es decir, el de la intimidad del sujeto
El área sobre la cual pretende actuar el Derecho es el de la convivencia social.
El camino de la Moral es el que debe producirse dentro de la conciencia; es el orden interior de nuestra vida auténtica.
El orden que procura crear el Derecho es el social, el de las relaciones objetivas entre las gentes.
"La Moral valora las acciones del individuo  en vista a su fin supremo y último"
"El Derecho no se propone llevar a los hombres al cumplimiento de su supremo destino, no se propone hacerlos radicalmente buenos, sino tan sólo armonizar el tejido de sus relaciones externas, en vista de la coexistencia y cooperación".
La Moral no opone el individuo a la sociedad; por el contrario, reputa al hombre como un ser eminentemente sociable y lo valora como tal.

El Derecho desdeña todo lo que no sea el campo de las relaciones sociales.
La Moral supone y requiere libertad en su cumplimiento, pues para que una conducta pueda ser objeto de un juicio moral, es preciso que el sujeto la realice por sí mismo, que responda a una posición de su propio querer.
El derecho es obligatorio; los individuos no pueden negarse a cumplirla, pues, si lo hicieran, el Estado los obligaría a cumplirla coactivamente; y  si el cumplimiento fuera ya imposible, aplicará, también coactivamente, una sanción.
En la Moral, el deber se impone fundamentalmente por causa del sujeto llamado a cumplirlo.
El  Derecho se respeta, en la mayoría de los casos, sin necesidad de ninguna intervención del Estado.

viernes, 8 de febrero de 2013

La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.Lee todo en: Definición de derecho - Qué es, Significado y Concepto http://definicion.de/derecho/#ixzz2KKXMgfIU